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Legislación de Panamá sobre Registro de Buques bajo Banderas Extranjeras
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Legislación de Panamá sobre Registro de Buques bajo Banderas Extranjeras
La Ley 57 del 6 de agosto de 2008 regula la ley marítima general de Panamá, abarcando asuntos relacionados con el registro de buques, embarcaciones, importaciones y exportaciones, y comercio marítimo. Esta ley regula la legislación panameña respecto al uso de banderas extranjeras.
¿Qué es una Bandera de Conveniencia?
En la República de Panamá, los buques pueden registrarse con dos fines principales: Servicio Doméstico o Servicio Internacional, y esto puede realizarse a título personal o a través de una corporación. El registro de buques es un acto administrativo en el que el estado otorga a una embarcación su nacionalidad y la autoriza a enarbolar la bandera panameña (izar o exhibir la bandera nacional).
Procedimiento
El proceso de registro de buques puede completarse en un plazo de 30 días hábiles. El representante legal debe presentar la solicitud de registro utilizando el token PKI, junto con toda la información previamente suministrada por el propietario del buque, a la Dirección General de la Marina Mercante en Panamá o en un consulado autorizado de la República de Panamá.
Cómo Registrar un Buque de Propiedad Extranjera en Panamá
Para registrar un buque para servicio internacional, se requieren los siguientes documentos:
- El documento original que designa al agente residente, emitido por el propietario y debidamente autenticado si fue emitido en el extranjero.
- Prueba prima facie de la propiedad del buque o intención de adquirirla.
- Comprobante de pago de los impuestos, tasas y derechos aplicables.
- Cualquier documento adicional requerido por la Dirección General de la Marina Mercante.
Los buques para servicio internacional y los buques registrados en el extranjero que naveguen en aguas jurisdiccionales panameñas deben portar un permiso de navegación emitido por la Dirección General de la Marina Mercante. Los requisitos técnicos para dicho permiso serán establecidos por la Dirección.
Controversias y Críticas
El registro de buques bajo bandera panameña representa el 22.3% de la flota marítima mundial. Recientemente, se ha observado un aumento en el número de buques registrados en Panamá. Este crecimiento se atribuye a las medidas adoptadas por la Dirección General de la Marina Mercante para agilizar el registro, eliminando los buques no conformes y promoviendo al mismo tiempo la inscripción de buques de nueva construcción y de aquellos con mayor tonelaje.
Gracias a estos estándares más rigurosos, Panamá ha sido incluida por primera vez en la Lista Blanca del Memorando de París (Paris MOU). Esta lista incluye a los países seleccionados que cumplen con los más altos estándares de seguridad marítima.
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